Preguntas básicas sobre el Ingreso Mínimo Vital

El Congreso de los Diputados acaba de validar recientemente el RealDecreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso MínimoVital  (IMV), del que tanto se está hablando y tantas dudas genera. Intentamos aquí responder a las principales preguntas que nos están haciendo las personas usuarias de nuestro portal Inaem Orienta.
Logo IMV

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital? 

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos. Es decir, esta ayuda quiere garantizar un umbral de renta mínima a las personas dependiendo básicamente de su situación de vulnerabilidad. 


¿Qué requisitos debo cumplir? 

Para tener derecho al IMV se deben tener unos ingresos menores a la renta garantizada y un patrimonio neto (excluida la vivienda habitual) que no exceda 16.614€ al año para una persona sola, y hasta un límite de 43.196€ en hogares de seis o más personas. 

Los ingresos mensuales máximos deben ser menores a 462 euros en el caso de una persona adulta que viva sola y se incrementan otros 139 euros más al mes por cada persona adicional, adulta o menor, por hogar hasta un máximo de 1.015 euros al mes

La comprobación de los datos relativos a ingresos y patrimonio se realizará de manera automática por el Instituto Nacional de la Seguridad Social contando con la información de la Hacienda Pública.

También habrá que haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho. Aquí puedes conocer los subsidios y ayudas que hay cuando no se puede acceder a la prestación contributiva (Paro)

En el cuadro siguiente se pueden observar los casos más habituales:
Patrimonio y renta IMV
Elaboración propia con datos de: Guía de facilitación de acceso a las medidas IMV

Si el hogar está formado por una sola persona el titular solicitante tendrá entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año.

Para todos los tipos de hogar o unidad de convivencia se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Se considera hogar o unidad de convivencia a aquel formado por todas las personas que vivan en el mismo domicilio, unidas por vínculo matrimonial o que se hayan constituido como pareja de hecho, y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

También se considera unidad de convivencia una persona víctima de violencia de género o doméstica que haya abandonado su domicilio familiar acompañada de sus hijos o menores y familiares, o que hayan iniciado los trámites de separación o divorcio.

Por último, se considera unidad de convivencia las formadas por dos o más personas mayores de 23 años o menores de 65 que habiten el mismo domicilio sin relación entre sí, que hayan vivido de forma independiente al menos los 3 años anteriores a la solicitud. Estas unidades pueden compartir vivienda con otra unidad de convivencia constituida por miembros de una familia o relación análoga.
Requisitos IMV


Para comprobar si cumples los requisitos dispones de un Simulador:

Simulador IMV



¿Qué cantidades se cobran?

La renta garantizada será de 462 euros al mes para una persona adulta que viva sola. Cuando se trata de un hogar de varias personas, esta cantidad se incrementará en 139 euros al mes por cada persona adicional, adulta o menor, hasta un máximo de 1.015 euros al mes. Además, para las familias monoparentales, se añade un complemento de 100€. 

Un elemento destacado de estas ayudas es que, mientras no se supere el umbral establecido, la prestación es compatible con otros ingresos, incluidos los laborales y los obtenidos por las y los trabajadores autónomos. En el caso de el perceptor esté ocupado, cuando su salario se incremente, la cuantía de la prestación se reducirá en una cantidad inferior. Además, el IMV también será compatible con otras ayudas sociales de carácter finalista, tales como becas o ayudas para el estudio, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia, y otras similares. 

A destacar también que esta prestación se percibirá mensualmente y se cobrará en 12 pagas. Se podrá solicitar a partir del 15 de junio, aunque, para las solicitudes presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos retroactivos al 1 de junio. Además, durante el primer mes de vigencia de la prestación, se actuará de oficio para que se abone a unos 100.000 hogares que cumplen los requisitos, sin que sea necesario que la soliciten. 

No existe límite de tiempo para cobrar esta prestación mientras se cumplan los requisitos. Ahora bien, desde Inaem Orienta intentaremos que sea el menor tiempo posible porque a través del itinerario de inserción que trabajemos conjuntamente alcances tus objetivos laborales y no lo necesites.

Renta garantizable IMV


¿Cómo se solicita?

El acceso a la prestación se podrá hacer, desde el 15 de junio, mediante una solicitud por los canales telemáticos en la sede electrónica de la Seguridad Social con o sin certificado digital, y los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), cuando la situación sanitaria permita reabrirlos, entre otros. 

El reciente presentado asistente virtual de la web de la seguridad Social, ISSA (Inteligencia Artificial+Seguridad Social), cuenta con un apartado específico con información sobre IMV.

Asistente virtual Seguridad Social

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha puesto en marcha una línea de teléfono gratuita para las consultas de los ciudadanos sobre el Ingreso Mínimo Vital. El número de teléfono, 900 20 22 22. Su horario de atención es de 9.00 horas a las 14.30 horas. 

Además, también se firmarán convenios con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales para que puedan ayudar a las personas interesadas a realizar la solicitud.
Documentos IMV

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