El derecho a solicitar flexibilidad horaria, cambio de turno e incluso teletrabajo...

A partir del 8 de marzo de 2019, cualquier persona trabajadora puede solicitar una adaptación y distribución de trabajo por motivos de conciliación de la vida laboral y familiar. Se trata del derecho a solicitar flexibilidad horaria, cambio de turno o incluso teletrabajo sin necesidad de reducir horas, ni salario . Hasta ahora, la persona del trabajadora para tener derecho a la adaptación de la duración y la distribución de la jornada de trabajo y conciliar su vida personal, familiar y laboral necesitaba el acuerdo empresarial, o la negociación colectiva, siendo un derecho ligado al cuidado de hijos o hijas menores, o vinculada a la guarda legal. Todas estas modificaciones se recogen en el Real Decreto Ley 6/2019 del 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, publicado el día 7 de marzo de 2019 , a través del cual se modifica el apartado 8 del artículo 34 del Estatuto de los ...