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Mostrando las entradas etiquetadas como contrato

Programa de subvenciones destinadas al fomento de la inserción laboral de personas con discapacidad

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El pasado mes de mayo, se hicieron públicas las ayudas destinadas a fomentar la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en Aragón. Entre las novedades figura la inclusión de las personas con capacidad intelectual límite y el aumento del importe de las ayudas. Serán personas destinatarias finales de las subvenciones : a) Personas con discapacidad, aquellas a quienes se les haya reconocido en un grado igual o superior al 33%. b) Personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo las personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental o con discapacidad intelectual, incluidas tanto las personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%. c) Personas con capacidad intelectual límite. Es decir, aquellas que acrediten...

¿Tengo derecho a percibir la prestación por desempleo si me voy voluntariamente de la empresa?

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La respuesta es NO . En caso de abandonar un trabajo de forma voluntaria no se percibe prestación por desempleo. ¿Por qué? La normativa establece que para poder cobrar dicha prestación es necesario que la baja no se haya producido de forma voluntaria ya que el sistema de protección  protege a aquellas personas trabajadoras que QUIEREN Y PUEDEN trabajar, pero CARECEN DE EMPLEO . ¿Y qué ocurre si, posteriormente trabajo en otra empresa? ¿Tendré, entonces, derecho a la prestación? En este caso, debemos diferenciar dos supuestos: Si nos cesan por no superar el periodo de prueba por decisión de la empresa , y no han transcurrido más de tres meses desde que cesamos voluntariamente en la empresa anterior, tampoco tendremos derecho a una prestación por desempleo. Por otra parte, si finaliza nuestro nuevo contrato por decisión de la empresa debido a que no hemos superado el periodo de prueba, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí tendremos ...

La excedencia laboral

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Se denomina excedencia laboral, a la decisión que toma una persona trabajadora de cesar su relación con una empresa durante un período en el cual se va a dedicar a otras tareas, incluso podrá trabajar en otra empresa si lo desea.   Puede pedir la excedencia toda persona trabajadora que lleve en la empresa al menos 1 año, y no haya pedido otra excedencia en los 4 años anteriores.   La excedencia es voluntaria para el trabajador que la pide, pero obligatoria de conceder para la empresa si el trabajador reúne los requisitos.     En España, el artículo 46 del Estatuto de los trabajadores regula la concesión de las excedencias laborales y a través del Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Artículo 46.3. Artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre). “Los trabajadores tendrán derecho a un pe...

Cuidado: Un contrato mercantil No es un contrato de trabajo

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La actual situación de crisis hace que haya muchas “ ofertas de trabajo ” en las que se ofrece un “contrato mercantil”.   Desde INAEM Orienta queremos señalaros los riesgos que entraña confundir un contrato mercantil con un contrato de trabajo, cada uno se debe utilizar en situaciones distintas e implica un régimen distinto de derechos y obligaciones. El contrato de trabajo es el que hay que firmar cuando existe una relación de laboralidad entre el empresario y el trabajador. Cuando se firma este contrato, se hace a través de unos modelos de contrato del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que tienen que ser registrados ante el Servicio Público de Empleo Estatal , y conllevan un alta en la Seguridad Social . Este contrato se rige por el Estatuto de los Trabajadores, por el Convenio Colectivo aplicable y por el resto de normas laborales. El trabajador presta sus servicios al empresario bajo su dirección, dentro de su ámbito de organización, siguiendo sus ...

Navidad, un buen momento para retomar tus contactos para encontrar un trabajo

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En los últimos años se habla de la gestión de la red de contactos, o Networking como camino al empleo.   El Networking, no es más que el establecimiento de una red de contactos que nos permita darnos a conocer, y que nos dé la oportunidad de intercambiar información y contactos, así como de establecer relaciones con personas que compartan intereses profesionales comunes.   Como ya conoces, INAEM Orienta es un portal que te ayuda a localizar ofertas de trabajo publicadas en los distintos medios y a conocer los recursos y herramientas utilizadas en la búsqueda activa de empleo . Si bien, también es sabido que casi un 70% de los empleos no llegan a publicarse en ningún medio, y por lo tanto se consiguen a través de la red de contactos personales.   La época de Navidad, puede ser un buen momento para retomar contactos con familiares, amigos y compañeros de profesión. En ocasiones, nos cuesta romper el hielo y se nos hace muy ...

Requisitos específicos del contrato indefinido de personas con discapacidad

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El Contrato indefinido es aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios en cuanto a la duración. Su formalización puede ser verbal o escrita y celebrarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos. No obstante, cuando se formalice el contrato con personas con discapacidad, el contrato se formalizará por escrito , en cuadruplicado ejemplar , en modelo oficial. Al contrato se acompañará solicitud de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, así como el certificado de discapacidad . El contenido del contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación . Los requisitos específicos para poder formalizar este tipo de contratos serán los siguientes: Trabajadores Ser trabajador/a con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido , o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de ...

¿Conoces las características del contrato para la formación y el aprendizaje?

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Esta modalidad contractual destinada a la formación de los jóvenes, se configura como un instrumento cuyo objetivo es favorecer su posterior inserción en el mundo laboral. Para ello, establece un sistema de alternancia de la actividad laboral retribuida en la empresa con una actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo  o del sistema educativo. Requisitos de edad Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis y menores de veinticinco años , que carezcan de la cualificación profesional obtenida y reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato ( podrán celebrarse con menores de treinta años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15% ) El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacida...