Planes de igualdad: empresas obligadas, sanciones y herramientas para su elaboración
El 7 de marzo de 2022 termina el plazo de adaptación de tres años que dio el Gobierno a las compañías de entre 50 y 100 trabajadores/as para que elaboraran su plan, cumpliendo con lo exigido en el Real decreto-ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato aprobado el 7 de marzo de 2019. Además, las empresas deberán elaborar y aplicar un Plan de Igualdad en estos otros dos supuestos: El incumplimiento de las obligaciones que en materia de planes y medidas de igualdad establecen la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo que sea de aplicación supone una infracción grave en materia de relaciones laborales (art. 7.13 Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social-LISOS). Por su parte, aquellas empresas que no elaboren o no apliquen el plan de igualdad, estarán incurriendo en una falta muy grave (art. 8.17 LISOS). Para aquellas empresas que lo precisen, existe...