Cuidado: Un contrato mercantil No es un contrato de trabajo

La actual situación de crisis hace que haya muchas “ ofertas de trabajo ” en las que se ofrece un “contrato mercantil”. Desde INAEM Orienta queremos señalaros los riesgos que entraña confundir un contrato mercantil con un contrato de trabajo, cada uno se debe utilizar en situaciones distintas e implica un régimen distinto de derechos y obligaciones. El contrato de trabajo es el que hay que firmar cuando existe una relación de laboralidad entre el empresario y el trabajador. Cuando se firma este contrato, se hace a través de unos modelos de contrato del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que tienen que ser registrados ante el Servicio Público de Empleo Estatal , y conllevan un alta en la Seguridad Social . Este contrato se rige por el Estatuto de los Trabajadores, por el Convenio Colectivo aplicable y por el resto de normas laborales. El trabajador presta sus servicios al empresario bajo su dirección, dentro de su ámbito de organización, siguiendo sus ...