¿Te interesa participar en un PEAC?
¿Qué es el PEAC?
La Acreditación de las Competencias Profesionales adquiridas
por la Experiencia Laboral es un conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y
reconocer las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia
laboral o de vías no formales de formación.
Mediante este procedimiento se
expedirá una acreditación de cada una de las unidades de competencia superadas,
es decir, no se obtiene directamente un certificado de profesionalidad o un
título de formación profesional.
Imagen: Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón
Si las competencias profesionales evaluadas no llegan a completar las cualificaciones recogidas en algún título de formación profesional o certificado de profesionalidad, se le realiza una acreditación parcial acumulable. De este modo, si así lo desea, la persona trabajadora podrá completar su formación para la obtención del correspondiente título o certificado.
Personas
destinatarias y requisitos para participar en un PEAC
Está destinado a aquellas personas que han adquirido sus
conocimientos profesionales con el desempeño de su profesión y no tienen
acreditación oficial.
Requisitos para solicitar la acreditación de competencias:
- Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
- Tener cumplidos en el momento de realizar la solicitud 18 años, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones profesionales de nivel I y 20 años para los niveles II y III.
- Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
- En el caso de experiencia laboral: Justificar al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria.
- En el caso de formación: Justificar al menos 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. En los casos que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia solicitada contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
¿Cómo se inicia el procedimiento? Convocatoria e inscripción.
El procedimiento de evaluación y acreditación de las
competencias profesionales se inicia con una convocatoria pública realizada por
las Administraciones competentes. En ella se detallará:
- Unidades de competencia que son objeto de evaluación, así como los títulos de formación profesional y/o certificados de profesionalidad en los que están incluidas.
- Requisitos generales y específicos de participación en el procedimiento.
- Lugares, medios y plazos de las distintas fases de desarrollo del procedimiento, así como los puntos específicos en los que se facilitará la información y orientación.
En la Comunidad Autónoma de Aragón, estos procedimientos los lleva a cabo la Agencia de las Cualificaciones de Aragón, a través de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón. Por tanto, sin la correspondiente convocatoria publicada en el BOA, no hay posibilidad de inscribirse en el procedimiento.
Puedes consultar las convocatorias en periodo de inscripción en la página web de la Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón o en los portales del INCUAL y todoFP
Puedes consultar las convocatorias en periodo de inscripción en la página web de la Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón o en los portales del INCUAL y todoFP
Fases
El procedimiento consta de tres fases distintas:
- Asesoramiento, que será obligatorio. Se revisa la documentación aportada por la persona candidata sobre su historial profesional y formativo y un/a asesor/a ayudará a completarlo si es necesario. Se emitirá un informe orientativo con la valoración sobre la conveniencia de que se pase a la 2ª fase.
- Evaluación de la competencia profesional. La comisión de evaluación analizará el informe del asesor y la documentación aportada por la persona aspirante. Cuando en la fase de evaluación se compruebe que las evidencias no son suficientes, se podrán realizar pruebas de competencias.
- Acreditación. Tras la última fase, a las y los candidatos que superen el proceso de evaluación, se les expedirá una acreditación de cada una de las unidades de competencia en las que hayan demostrado su competencia profesional y se les asesorará sobre sus posibilidades.
Imagen: Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón
¿Qué ventajas te puede proporcionar?
- Mejorar en tu profesión.
- Si te encuentras en situación de desempleo, puedes aumentar tus posibilidades de inserción laboral.
- Facilitar tu formación a lo largo de la vida.
- Reconocer tu experiencia laboral y la formación adquirida por vías no formales, mediante una acreditación oficial.
- Conocer mejor las competencias profesionales que posees en relación a tu cualificación y puesto de trabajo.
- Puede facilitar la obtención de un certificado de profesionalidad o un título de Formación Profesional.
¿Te interesaría participar en algún PEAC todavía no convocado?
En INAEM Orienta dispones de un sencillo formulario para hacernos llegar tu interés en participar en un PEAC. Deberás elegir la Familia Profesional a la que pertenece la actividad
laboral desarrollada, así como las unidades de competencias que crees poder
acreditar.
En caso de duda, contacta con el equipo tutorial de INAEM Orienta
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