El Registro salarial o registro retributivo obligatorio. #Igualdad en el empleo
El 14 de abril de 2021 entró en vigor el Real Decreto 902/2020 que establecía la obligatoriedad de todas las empresas (independientemente de su tamaño) de realizar un REGISTRO SALARIAL O REGISTRO RETRIBUTIVO anual.
A continuación resumimos algunos de los aspectos clave que supone esta normativa para las empresas.
🚺🚹¿Qué es el registro salarial?
Es el documento en el que se reflejan los valores medios de los sueldos de la plantilla de una empresa (incluido el personal directivo y los altos cargos), así como los complementos salariales y las percepciones extrasalariales.
🚺🚹¿Cuál es su objetivo?
Garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones salariales, y terminar con cualquier discriminación, ya sea ésta directa o indirecta.
🚺🚹¿Qué tiene que incluir el registro salarial?
🚺🚹¿Quién debe realizar el registro salarial?
Aunque la norma no lo especifica, habitualmente lo suele realizar el departamento de recursos humanos. No obstante, muchas empresas a compañías/entidades especializadas.
🚺🚹¿Quién puede consultar el registro salarial?
- Ministerio de Trabajo, mediante inspección laboral.
- La plantilla, a través de sus representantes legales.
🚺🚹¿Qué ocurre si se detecta que hay una brecha salarial en la empresa?
Se considera que existe una diferencia desfavorable entre géneros dentro de una empresa cuando hay más de un 25% de distancia entre la retribución media de un género sobre otro. En ese caso, la empresa deberá justificar los motivos por los cuales esto sucede, para descartar que se trate de un caso de discriminación
🚺🚹¿Qué sanciones puede recibir la empresa por incumplimiento de la normativa del registro salarial?
Faltas graves o muy graves (si implican discriminación salarial) que suponen multas de 6.251 euros a los 178.500 euros.
Con esta Herramienta GRATUITA y su guía de uso las empresas podrán elaborar el registro retributivo de su organización de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
En dichas páginas web, también se pone a disposición de las organizaciones la Herramienta GRATUITA de Valoración de Puestos de Trabajo (incluye también guía de uso). De este modo, podrán realizar la valoración de puestos de trabajo con perspectiva de género para eliminar las discriminaciones retributivas que sufren las mujeres por una valoración sesgada de sus puestos de trabajo.
Recuerda, si eres empresa puedes solicitar asesoramiento gratuito materia de igualdad a través de:
- Instituto de las Mujeres (acompañamiento personalizado y especializado para el diseño e implantación de planes y medidas de igualdad, adaptado a las características de la empresa solicitante, a sus necesidades concretas, desde un enfoque práctico.)
- Cepyme Aragón (para pymes y autónomos de Aragón)
Fuentes: Ministerio de Trabajo y Economía Social ,Instituto de las Mujeres, Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, cepymearagon
Infografía elaborada con Canva
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