¿Sabías que puedes recuperar años cotizados si realizaste prácticas formativas en unas fechas determinadas?

Años cotizados por prácticas

Si realizaste prácticas formativas y no cotizaste por ellas antes de 2024 en el caso de las no remuneradas o anteriormente al 1 de noviembre de 2011 en otros casos, puedes recuperar hasta un máximo de cinco años de cotización a la Seguridad Social. Las personas que participaron en esos programas podrán suscribir un convenio especial, por una única vez, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que les permitirá el cómputo de esos periodos de cotización.

¿Qué ventajas tiene recuperar estos años? Al aumentar el número de años cotizados, se incrementa la base de cálculo de la pensión. Una mayor cotización implica una mayor protección en caso de jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento.

¿Quién puede solicitarlo? Pueden solicitarlo aquellas personas que hayan realizado prácticas formativas antes de ciertas fechas límite (antes de 2024 en el caso de las no remuneradas o anteriormente al 1 de noviembre de 2011 en otros casos).

Duración máxima: Se puede recuperar hasta un máximo de 5 años (1.825 días de cotización).

Documentación: Deberás presentar los certificados expedidos por la universidad o el centro educativo en el que se cursaron los respectivos estudios, en los que deberá constar si las prácticas fueron o no remuneradas.

Recuperar la cotización de prácticas formativas

En el supuesto de prácticas remuneradas, en la certificación deberán constar los periodos en que aquellas se realizaron, con indicación expresa de las fechas de inicio y fin de cada periodo.

La certificación también podrá ser expedida por las empresas o entidades en que se hubieran realizado las prácticas remuneradas, de haberles correspondido financiar la formación, o por las entidades que la hubieran financiado, de ser distintas.

En el supuesto de Recuperar las prácticas formativasprácticas no remuneradas, en la certificación se deberán indicar las fechas de inicio y fin de su periodo de duración o, en su defecto, las fechas de inicio y fin del cuatrimestre en el que se hayan cursado las prácticas y, de no comprender las prácticas realizadas la totalidad de los días de dicho período, el número de días en los que se hayan realizado prácticas en cada período.

En este último caso, cada 8 horas de prácticas se considerará, a estos efectos, un día completo, computándose la fracción de día que pudiera resultar como un día más.

En ambos supuestos, la certificación deberá ser emitida expresamente a los efectos de la suscripción de este convenio especial.

La acreditación de la participación en programas de formación, bien como becario o bien como graduado universitario a través de los correspondientes estudios oficiales de doctorado, deberá tener la extensión y contenido indicados en los párrafos anteriores

Solicitar la recuperación de tus años de cotización por antiguas prácticas formativas

Hasta el 31 de diciembre de 2028 las personas interesadas podrán solicitar suscribir el convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de forma previa al pago de la cotización que les correspondiera.



¿Cómo se solicita? A través de los canales indicados en el apartado “Alta, baja o variación de datos del convenio especial” de la sección “Trámites y Gestiones”. 

Fuentes: Revista de la Seguridad Social. Imagen y vídeo elaborados con CANVA 

Síguenos en facebook! Síguenos en linkedin! Síguenos en instagram! Síguenos en twitter! Nuestro canal de Youtube Suscríbete a nuestras RSS 

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿Puedo apuntarme en mi oficina de empleo si estoy trabajando actualmente?

10 Buenas prácticas empresariales para el personal

El Arte de manejar la Frustración en la Búsqueda de empleo